El Observatorio de Internet del Ministerio de Consumo ha realizado un estudio sobre la publicidad de la prostitución en portales web y ha descubierto que, pese a que este tipo de anuncios están prohibidos por ley, siguen existiendo plataformas que ofrecen sus espacios publicitarios «para que, aparentemente de forma autónoma, quienes ejercen la prostitución se publiciten».
Ante ello, el Ministerio de Consumo, a través de la Dirección General de Consumo, ha enviado advertencias de sanción a webs por ser beneficiarias económicamente del ejercicio de la prostitución de otras personas.
En ellas, la Dirección General de Consumo les advierte de que publicitar la prostitución -o contenidos directamente relacionados con ella como servicios de «escort», «acompañante» o «masajista»- es una práctica prohibida por la Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual. Esta ley, aprobada en septiembre de 2022, considera «ilícita la publicidad que utilice estereotipos de género que fomenten o normalicen las violencias sexuales contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes» y también aquella que presente a las mujeres «de forma vejatoria, bien utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar».
Por ello, el ministerio liderado por Alberto Garzón ha requerido a estos portales webs que, «de forma inminente», cesen en sus prácticas infractoras y retiren el contenido publicitario ilícito. De no hacerlo, su conducta constituiría una infracción grave de la normativa de consumo que acarrearía multas que pueden superar los 100.000 euros e incluso el cierre de las mencionadas webs.