La Audiencia Provincial coruñesa aprecia un “indicio sólido de delito” en los convenios del ex-alcalde de Ponteceso, Lois García Carballido y la empresa eólica EDP. En su auto desde la sección N.º 2 de la Audiencia Provincial confirman que no se tramitó expediente alguno que justificara la disposición de los predios por lo que “permite valorar arbitrariedad en términos penales de los actos del entonces alcalde en relación con ellos”. De este modo señala que “tal hecho constituye un indicio sólido de delito” ya que una de las formas del delito de prevaricación es obviar “de forma completa el procedimiento obligado”. Por ello se ordena al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Carballo tomar declaración a García Carballido y continuar con las diligencias oportunas. Se mantiene el sobreseimiento con respecto al funcionario demandado.