Un jurado popular declaró culpable por unanimidad de un delito de asesinato con agravante de actuar por razones de género y de otro de tenencia ilícita de armas al hombre que presuntamente mató de tres disparos en su domicilio a su mujer en el ayuntamiento de Cabana de Bergantiños en 2018, donde se encontraban sus hijos, después de que esta supuestamente le había comunicado que se quería divorciar. El jurado indicó que consideran probado, por unanimidad, que “el acusado dio tres disparos por la espalda” a su mujer, “según pruebas aportadas por guardias civiles y forenses” y que ella “no tuvo posibilidad de defensa”. Consideran no probado “el atenuante de embriaguez”, pues “no tenía disminuidas sus capacidades físicas y mentales” y “era consciente de lo que había hecho”. La acusación particular y la Fiscalía solicitan para el acusado 28 años y medio de cárcel por un delito de asesinato con alevosía, con el agravante de actuar por razones de género, y otro de tenencia ilícita de armas cortas introducidas ilegalmente en España. En su escrito de calificación, el fiscal demandaba 25 años y medio, pero elevó la pena dos años y medio al rechazar finalmente el atenuante de embriaguez. Por su parte, la defensa manifestaba que se trataba de un delito de homicidio. El acusado alegó en su declaración que le disparó “en un arrebato repentino” mientras discutían, negando que la hubiese maltratado.