La Sección Quinta de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo estimó los recursos presentados por Ence y otras entidades contra las sentencias de la Audiencia Nacional que anularon la Resolución, de 20 de enero de 2016, de la Directora General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, que había otorgado a Ence una prórroga de 60 años de la concesión de ocupación de una franja de dominio público marítimo terrestre destinada a la fábrica de pasta de celulosa en Pontevedra. La Sala considera que se pueden prorrogar las concesiones anteriores a la Ley General de Costas de 1988, como es el caso, siempre que consten informes ambientales favorables. En el asunto analizado, constaban informes favorables de la Administración en esa materia. En todo caso, Ence sostiene que va a establecer «de forma proactiva» un diálogo abierto con la sociedad pontevedresa, «escuchando la voz de todos y respondiendo a las inquietudes de nuestra entorno», según su presidente, Ignacio de Colmenares.