Entre las funciones del personal de acceso se encuentran las de controlar la entrada de las personas al establecimiento o espacio abierto al público; comprobar la edad e identidad de quien pretendan acceder, en especial en los establecimientos de juego para acreditar que no figuran en el Registro de Prohibidos de acceso al juego de la comunidad; controlar la adquisición de la entrada o localidad; supervisar que no se exceda la capacidad máxima autorizada; impedir el acceso a personas que incumplan las condiciones específicas de admisión por los titulares de los establecimientos o espacios; vigilar que las bebidas no sean sacadas del local; prohibir el acceso a partir del horario de cierre, e incluso, si fuera necesario, auxiliar las personas que se encuentren heridas y llamar al teléfono de emergencias correspondiente.
Hace falta aclarar que el personal de control de acceso no podrá asumir o realizar más funciones que las señaladas ni aquellas que pertenezcan al servicio de vigilancia y seguridad. De hecho, deberá informar al personal de vigilancia y seguridad, si lo hubiera, y en su defecto, a las fuerzas y cuerpos de seguridad, de las alteraciones de la orden que se produzcan en los accesos o en el interior de los establecimientos abiertos al público.
La Xunta, a través de la Academia Gallega de Seguridad Pública (AGASP), convocó a lo largo del año pasado una docena de ediciones del curso de formación de seis horas específico para el personal de control de acceso de espectáculos públicos y de actividades recreativas que permitió que 850 personas obtuvieran la habilitación de la Xunta para ejercer estas funciones.