Siguiente paso para liberar a los políticos presos

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Después de su aprobación este martes en Consejo de Ministros, el primer paso es que los nueve reales decretos de indulto (uno por cada líder del ‘procés’) sean firmados, primero, por el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, que es quien los ha tramitado. Después, debe ser Felipe VI el que rubrique los indultos, tal y como corresponde a sus funciones constitucionales. El rey es, de hecho, la persona a la que la Constitución atribuye el papel de conceder el indulto, tal y como se establece en el artículo 62 de la Carta Magna, que sitúa entre sus funciones “ejercer el derecho de gracia conforme a la ley, que no podrá autorizar indultos generales”. El siguiente paso es la publicación de los indultos en el Boletín Oficial del Estado (BOE), algo que previsiblemente se producirá este miércoles, aunque también podría ocurrir este mismo martes sin demora. El responsable de aplicar el indulto y liquidar o suspender las penas que han quedado extinguidas por la medida de gracia es el tribunal sentenciador, en este caso el Tribunal Supremo, tal y como establece el artículo 31 de la Ley del Indulto, que data de 1870.

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