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- Los cambios afectan a un total de 23 artículos de la normativa del plan
La Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda viene de notificar al Ayuntamiento de Carballo la aprobación definitiva de la modificación puntual número 3 del Plan General de Ordenación Municipal, que trata de mejorar la regulación de usos establecida en el PGOM y adaptar sus determinaciones a la actual legislación urbanística, dando respuesta a las necesidades actuales de la población.
Los cambios afectan a un total de 23 artículos de la normativa del PGOM, que se resumen en las siguientes:
- Modificación de la definición de índice de edificabilidad y aprovechamiento lucrativo. La normativa del PGOM establecía que el cálculo se efectuaría en función de la superficie bruta de parcela, pero ahora se realizará en función de la superficie neta, como también establece la legislación urbanística vigente.
- Aclaración y mejora de las condiciones de compatibilidad del uso residencial e industrial mediante, incluyendo, por ejemplo, la posibilidad de incorporar las viviendas turísticas y otro tipo de recintos en los que se realice una actividad económica, o permitiendo la instalación de pequeños talleres y talleres hasta un máximo de 200 metros cuadrados.
- Aclaración y mejora de las condiciones de compatibilidad del uso residencial y comercial, de manera que el local comercial en planta sótano solo se permite unido a la planta baja.
- Aclaración y mejora de las condiciones de compatibilidad del uso administrativo y de oficinas con el uso comercial, incorporando los servicios sanitarios, por ejemplo.
- Modificación de la regulación de las alturas libres mínimas exigibles para el uso comercial y administrativo y de oficinas para adaptarlos a la normativa sectorial y para los locales existentes, de manera que se unifica y se reduce de 2,70 a 2,50 metros.
- Regulación del uso de espectáculos y actividad recreativas para adaptarlo a la normativa autonómica vigente, aunque con algunas excepciones, por ejemplo, para los hipódromos.
- Se potenciará el desarrollo del uso dotacional o de equipaciones, eliminando la actual restricción de limitar su localización únicamente a las parcelas señaladas la tal efecto nos planos de ordenación.
- Incorporación en el uso agropecuario en suelo rural de las instalaciones en las que se mantengan permanentemente animales con finalidad de esparcimiento o didáctica.
- En el caso de edificios ya existentes se facilita la implantación de aparcamientos aumentando la pendiente máxima de las cuestas de los garajes en sótano.
- Flexibilización de la implantación de los sistemas de aire acondicionado.