Los bajos con una altura de 2,5 metros podrán transformarse en viviendas cuando antes se requería un mínimo de 3,2 metros. Y también se flexibilizan las condiciones que debe cumplir una vivienda para ser considerada exterior. Con el cambio aprobado recientemente, se facilita la delimitación de los tipos de espacios exteriores a los que se deben abrir las viviendas para tener tal consideración, al permitir a los ayuntamientos definir cuáles son estas zonas sin necesidad de acometer una modificación de su planeamiento urbanístico, con el ahorro de tiempo y recursos que esto implica. La Xunta destaca que la flexibilización para convertir bajos comerciales y entreplantas en desuso en entornos urbanos en viviendas permitirá aumentar la oferta residencial y bajar los precios de los alquileres.
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