Golpe en forma de sentencia a las dos principales operadoras de transporte de viajeros por carretera en Galicia. El Tribunal Supremo inadmitió los recursos que interpusieron la Xunta, Alsa y Monbus contra la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que dictaminó que hubo reparto del comprado. El fallo del Supremo es de fecha del pasado día 4 de octubre y lo firma la sala de lo contencioso-administrativo. Contra este auto, además, no cabe recurso alguno.
Petición de sanción a Competencia
En su sentencia, el TSXG ordenaba al órgano gallego de Competencia a incoar un procedimiento sancionador contra estas dos empresas de transporte de viajeros por carretera. El TSXG consideró que esa actuación “no está justificada y responde a la conducta, prohibida, de repartirse el mercado”. “No puede interpretarse, conforme a las reglas de la lógica y las pautas de la experiencia, como una ‘causalidad’ sino que ha de se considerará cómo una ‘causalidad’ de un acuerdo previo”. Tras esa sentencia que censuraba la inacción de Competencia de la Xunta ese departamento rechazó hacer valoraciones públicas, al tiempo que el propio presidente Alfonso Rueda se desentendía del caso al asegurar que era un órgano independiente a pesar de que su pleno es nombrado por el Gobierno gallego.