El TSXG anula la orden de la CRTVG a sus redactores para que también editaran vídeo


Otra sentencia contra los intereses de la CRTVG. El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) anula la atribución unilateral que la Corporación hizo a sus redactores de la labor de edición básica de vídeo por ser “una modificación sustancial de carácter colectivo de sus condiciones de trabajo”. El dictamen aclara, además, que con esta medida la dirección de los medios públicos vulneró el procedimiento que establece el Estatuto de los Trabajadores respeto de estas modificaciones, que obliga a abrir un período de consultas con la representación sindical antes de aplicar decisiones de este tipo.

La sentencia, atiende así parte de la demanda presentada por el sindicato CUT y a la que se adhirió también UGT, pero no atiende la que tenía que ver respeto también de nuevas atribuciones de labores a los operadores – montadores de vídeo.

Según explican las centrales, la CRTVG se empeñó siempre en que “imponerle al personal de redacción las funciones de edición (históricamente desenvolvidas por los operadores y operadoras de vídeo) no representaba una modificación sustancial de sus condiciones laborales, haciendo caso omiso de las advertencias de la CUT y UGT, que siempre expusieron la inseguridad jurídica que representaba la medida unilateral dispuesta por la empresa”. + info también en plaza.gal