Las licencias de hostelería a revisión por parte de la Administración


Desaparecen del catálogo los karaokes y tablaos flamencos.

La Xunta de Galicia ha simplificado el catálogo en el que se recogen los diferentes espacios públicos de ocio y actividades recreativas para otorgar las licencias de actividad que requiere cada lugar. El nuevo documento, que está en período de consulta a través de un decreto, pero cuando se apruebe definitivamente obligará a los ayuntamientos a revisar todas las licencias que han otorgado para que se ajusten a los nuevos criterios.

Una de sus decisiones más polémicas ha sido eliminar figuras como los karaokes y los tablaos flamencos, regulados en 2004, ya que su incidencia en la comunidad no justifica una tipología específica y se pueden encajar en otras ya existentes.

El desarrollo de la Ley de Espectáculos Públicos de Galicia, en la que se enmarca este catálogo, también establece criterios para determinar la capacidad o aforo de los establecimientos y espacios públicos, que queda fijado en dos personas por metro cuadrado de espacio computable. Además, ya se prevé la posibilidad de que en un mismo local o recinto desarrolle más de un tipo de espectáculo o actividad siempre que sean compatibles entre sí.

Se podrán celebrar actuaciones en vivo siempre que no requieran un escenario desmontable, camerinos, ni medidas especiales de seguridad e insonorización diferentes a las que ya tenga el propio establecimiento.

Los locales abiertos al público podrán pedir permiso para celebrar actividades recreativas de carácter extraordinario, pero tendrán un límite máximo de seis espectáculos al año, siempre que se reúnan las condiciones técnicas y de seguridad.

La aplicación dependerá de los ayuntamientos, que al margen del trabajo administrativo de revisión de las licencias tendrán que velar por su cumplimiento incidiendo en aquellos locales en los que pueda haber un cambio sustancial de horario.